El misterioso caso de los expedientes híbridos

Desde 2017 en el Perú contamos con un Modelo de Gestión Documental que orientó, en su oportunidad, el trabajo de las entidades públicas para promover el adecuado tratamiento de la información en las entidades públicas para, en 2021 recibir el Reglamento de Gobierno Digital, instrumento por excelencia donde se especifica brillantemente el alcance esperado para la gobernanza, entre los que se encuentra la Gestión Documental.

En este contexto, es responsabilidad de cada entidad pública, responder al compromiso propuesto en este reglamento para garantizar la autenticidad, integridad, fiabilidad, preservación y recuperación oportuna de la información mediante el uso de las tecnologías de información y comunicación, no solamente de la documentación recibida y tramitada de manera física sino también aquella que se ha estado recibiendo por medios electrónicos.

Como consecuencia, es fundamental preguntarse: ¿Están las entidades públicas cumpliendo lo precisado en el artículo 161 sobre la Regla del Expediente Único, del TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General?, es decir, ¿están garantizando las características propias de los documentos y expedientes descritas en el reglamento mencionado, de aquellos expedientes conformados con distintos soportes y formatos documentales, a saber, expedientes híbridos?

Si tu entidad requiere contar con alguna estrategia para conformar expedientes únicos, independientemente del soporte y formato en el cual se encuentren, la gente de Documentum.space les puede ayudar.