Si digitizamos con valor legal documentación de valor permanente, las fuentes originales no podrán ser eliminadas.
Esto lo podemos inferir de la lectura y comprensión de dos decretos fundamentales: el Decreto Ley N° 19414 declara de utilidad pública la defensa, conservación e incremento del Patrimonio Documental de la Nación, y el Decreto Legislativo N° 681 que regula el uso de tecnologías avanzadas en materia de archivo de documentos e información tanto respecto a la elaborada en forma convencional cuanto la producida por procedimientos informáticos en computadoras.
Entonces, luego de considerar estos dos dispositivos, tú, ¿qué harías?
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